Hoy en día, cuando uno presta atención a los medios de comunicación y especialmente a las noticias en ellas publicadas, aprecia rápidamente una clara campaña de fomento del emprendimiento. Y eso está bien.
Igualmente cuando acudimos a la sección de política, con la incipiente nueva campaña electoral, vemos como se habla de reformas, todas ellas legales. Y querer mejorar la normativa también está bien.
Lo que no se escucha es un compromiso por recuperar los valores y principios que deben inspirar a la administración en la interpretación de esa normativa, ni un compromiso cierto de empezar a dar ejemplo cumpliendo las obligaciones antes de exigir al ciudadano con espíritu legalista el estricto cumplimiento de una infinidad de normas nada estructuradas o codificadas.
Si nos centramos en el objeto de nuestra actividad y nuestra comunidad, Andalucía, vemos como la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) establecía la obligación de todos los municipios de adaptar su planeamiento a dicha normativa en un plazo concreto (4 años). Sin embargo, y sin perdernos en datos, lo cierto es que a día de hoy 14 años después de la publicación de la norma, siguen existiendo municipios sin planeamiento o normativa urbanística. Y eso está mal.
Cuando el legislador andaluz redactó la norma partía de la premisa de liberalizar lo máximo posible el mercado del suelo, un mercado poco flexible, y configuraba que todo lo que no fuese suelo urbano o no urbanizable, sería urbanizable, estableciendo el suelo urbanizable como residual. Buscaba abrir una puerta amplia a la iniciativa privada. El problema es que luego, en posteriores disposiciones, establecía que en aquellos municipios donde no hubiese planeamiento el suelo se dividiría entre urbano y no urbanizable (D.T.7ª LOUA) y que de facto el suelo urbanizable no sectorizado se equipara al no urbanizable (Art. 53 LOUA).
En ese punto, ya de nada sirve el ánimo emprendedor de los ciudadanos. El incumplimiento de la administración de establecer las reglas del juego sumado al espíritu legalista que impera en la administración e impone la interpretación literal de las normas, muchas veces en perjuicio del administrado, obviando el espíritu o finalidad (interpretación teleológica) tanto de la norma como de la institución a la que pertenecen, acaban ahogando las iniciativas, al imponer trabas innecesarias y en muchos casos, hacer inviable económicamente el proyecto.
La administración debería pararse a reflexionar si se puede permitir moralmente exigir y aplicar la normativa al dedillo cuando no cumple las obligaciones que a ella le impone la misma norma, norma que está por encima de todo en un estado de derecho.
Lo que no se puede vender a un empresario es que cualquier actuación requerirá de una lenta tramitación burocrática y que además no hay seguridad sobre el resultado o que su inversión tendrá una vigencia limitada, por si acaso en el futuro el municipio decide hacer uso distinto del suelo de su propiedad, buscando no tener que indemnizar por la demolición de una construcción que es una empresa y que supuso una inversión considerable del patrimonio personal de alguien.
Lo que no se puede vender al ciudadano y especialmente a los jóvenes que cada vez más se ven forzados a abandonar sus municipios de origen para ir a la ciudad, dejando carente de mano de obra nuestro campo, es que no hay suelo urbanizable en un municipio y que no se puede autorizar una nueva vivienda en un área donde de forma ilegal se han construido multitud de viviendas que por falta de presupuesto o quizás de voluntad, primero no se evitó la construcción, segundo no se controló la seguridad y adecuación técnica de la obra y tercero no se demolió para restaurar la legalidad urbanística.
¿Cómo se puede negar a quien solicita en forma construir donde ya existe un asentamiento y urbanización lo que de forma totalmente unilateral han tenido a bien hacer otros de forma irregular?
Queremos mejorar e insisto en que eso está bien, pero en lugar de criticar constructiva o destructivamente algo tan impersonal como la normativa, debemos ser valientes y hacer autocrítica. Debemos analizar si hemos cumplido primero nuestras obligaciones para permitir que esa norma sea aplicable.
Sin cimientos no hay construcciones y sin responsabilidad por parte de la administración no podrá haber beneficio para el administrado.
Si en el derecho civil está claro que en una relación bilateral nadie puede exigir al contrario el cumplimiento de sus obligaciones sin cumplir previamente las propias ¿por qué eso no se materializa en la administración?
Y que conste que luego todos hemos encontrado funcionarios y políticos con buena voluntad, pero el problema está en que son muchas las administraciones que pueden tener que intervenir en un único proyecto o trámite y sólo con que haya un funcionario voluntarioso pero sobrecargado de trabajo…
Joaquín Fernández Navarro
Abogado